Guías y análisis
Alturas de montaje según la ADA para accesorios de baño: Jabón, papel de cocina, espejo y mucho más

¿Cuál es la altura que establece la ADA para un dispensador de jabón?

Según la sección 308 de la ADA, la parte accionable del dispensador de jabón debe situarse, por lo general, a una altura máxima de 48 pulgadas para un alcance sin obstáculos, o a una altura máxima de 44 pulgadas para un alcance hacia delante con obstáculos sobre un lavabo, medida desde el suelo acabado. Según la sección 309, el dispensador no debe requerir un agarre fuerte, pellizcar ni girar la muñeca.

Requisitos de instalación del dispensador de jabón

  • Altura máxima de la parte accionable: 44 pulgadas (alcance con obstáculos sobre un fregadero) o 48 pulgadas (sin obstáculos)
  • Espacio libre mínimo en el suelo: 30 por 48 pulgadas
  • Fuerza máxima necesaria para activarlo: 5 libras
  • Tipos admitidos: automático, con barra de empuje, con palanca o accionado con el pie
  • Descubre los dispensadores de jabón que cumplen con la ADA y están diseñados para cumplir con las especificaciones de alcance de la Sección 308.

¿Cuál es la altura que establece la ADA para un dispensador de toallas de papel?

La directriz de la ADA relativa a la altura de los dispensadores de toallas de papel establece, por lo general, un máximo de 40 pulgadas hasta la salida por donde sale la toalla. Algunos dispensadores sitúan el mando de accionamiento a mayor altura, pero la salida de la toalla en sí debe estar, por lo general, a una altura de 40 pulgadas o menos para que puedan acceder a ella los usuarios en silla de ruedas.

Alturas de los dispensadores de toallas de papel

  • Dispensadores empotrados: 40 pulgadas hasta la salida
  • Dispensadores de montaje en superficie: 40 pulgadas hasta la salida
  • Muebles combinados para toallas y residuos: 40 pulgadas hasta la salida de toallas
  • Toallas plegadas frente a toallas en rollo: se aplica la misma norma de punto de venta

¿Cuál es la altura del espejo según la ADA?

Según la sección 603.3 de la ADA, el borde inferior del espejo debe situarse, por regla general, a una altura máxima de 40 pulgadas por encima del suelo acabado cuando se instale sobre un lavabo o una encimera, y a una altura máxima de 35 pulgadas en los demás casos. Los espejos situados sobre los lavabos deben permitir la visión desde una silla de ruedas.

¿Cuál es la altura del portarrollos de papel de cocina según la ADA?

La altura del soporte para toallas de papel conforme a la ADA suele coincidir con la altura del dispensador de toallas de papel, que es de 40 pulgadas hasta la salida. Los soportes y los dispensadores suelen cumplir las mismas directrices de alcance establecidas en la Sección 308, independientemente de si el producto dispensa toallas plegadas o en rollo.

¿Cuál es la altura del portarrollos de papel higiénico según la ADA?

Según la sección 604.7 de la ADA, el portarrollos suele situarse entre 7 y 9 pulgadas delante de la taza del inodoro, y la salida del dispensador suele estar entre 15 y 19 pulgadas por encima del suelo acabado. El portarrollos no debe obstaculizar el uso de la barra de apoyo. Los portarrollos de doble rollo suelen especificarse como preferencia funcional, ya que amplían el alcance funcional durante una sola transferencia.

Altura de la salida por encima del suelo acabado: normalmente entre 15 y 19 pulgadas (Sección 604.7)

Distancia desde el eje central del inodoro hasta el soporte: de 7 a 9 pulgadas

Capacidad mínima del rollo: se recomienda la alimentación continua

Ubicación: en la pared junto al inodoro

Consulta las opciones que cumplen con la normativa en el catálogo de dispensadores de papel higiénico de ASI.

¿Cuál es la altura recomendada para los colgadores de ropa según la ADA?

La altura de los colgadores para abrigos según la ADA suele ser de 48 pulgadas como máximo por encima del suelo acabado, medida hasta el punto más alto accesible. Normalmente se instala al menos un colgador para abrigos a esta altura en los cubículos de aseo accesibles según la ADA, dependiendo de la configuración.

¿Cuál es la altura que debe tener un secador de manos según la ADA?

Según la sección 308 de la ADA, la parte accionable o el sensor del secador de manos suele estar situado a una altura máxima de 48 pulgadas por encima del suelo acabado. Se aplican las directrices relativas al alcance hacia delante y hacia los lados, y normalmente se deja un espacio libre en el suelo delante del aparato. Los secadores de manos empotrados reducen el saliente en las vías de circulación.

Descubre los secadores de manos de ASI, diseñados para cumplir con las especificaciones de la sección 308 de la normativa REACH.

¿Cuál es la altura de las barras de apoyo según la ADA?

Según la sección 609.4 de la ADA, las barras de apoyo suelen instalarse a una altura de entre 33 y 36 pulgadas por encima del suelo acabado, medida hasta la parte superior de la superficie de agarre. La sección 609.2.1 permite diámetros circulares de entre 1,25 y 2 pulgadas (lo más habitual es entre 1,25 y 1,5 pulgadas). La sección 609.3 establece una distancia de 1,5 pulgadas entre la pared y la barra de apoyo. Los requisitos de resistencia a la carga deben verificarse con arreglo a la sección 609 vigente y a las especificaciones de la norma ICC A117.1.

Cómo calcular correctamente las alturas de montaje según la ADA

Las alturas de montaje según la ADA suelen medirse desde el suelo acabado, no desde el subsuelo ni desde la losa. Los prescriptores deben confirmar la cota final del suelo antes de colocar los bloques de apoyo y comprobar los requisitos de accesibilidad vigentes a nivel estatal y local. La guía de diseño de aseos comerciales de ASI incluye planos de cotas.

Echa un vistazo a los dispensadores de toallas de papel de ASI, a las barras de sujeción que cumplen con la normativa ADA y al catálogo completo de accesorios para aseos para diseñar un aseo que cumpla con la normativa.

American SpecialtiesInc. se reserva el derecho a realizar cambios en el diseño o a retirarlo sin previo aviso.

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